Servicio de Impuestos Internos de EE. UU.: Las recompensas en criptomonedas recibidas antes de que la cuenta sea congelada deben ser gravadas en el año en que se reciben
El Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos (IRS) emitió un memorando en octubre abordando las obligaciones fiscales de las recompensas de activos digitales en cuentas que han sido congeladas debido a la bancarrota. La guía fue enviada a Michael R. Fiore de la División de Pequeñas Empresas/Trabajadores por Cuenta Propia del IRS, que examinó a un contribuyente hipotético (referido como "Contribuyente A") que tenía criptomonedas en una cuenta en una plataforma en quiebra y recibió recompensas como bonificaciones de staking antes de que la cuenta fuera congelada.
Según las regulaciones del IRS: el Contribuyente A recibió recompensas en el primer año antes de que la cuenta fuera congelada, y debe incluir el valor de mercado justo en la fecha y hora de recepción de estas recompensas en su ingreso total para ese primer año... incluso si esta cuenta permanece congelada el 31 de diciembre de ese primer año. Esta interpretación sigue las Secciones 61 y 451 del Código de Rentas Internas, que estipulan que los ingresos deben ser reconocidos dentro del año en que se reciben, independientemente de si se vuelven inaccesibles más adelante.
Descargo de responsabilidad: El contenido de este artículo refleja únicamente la opinión del autor y no representa en modo alguno a la plataforma. Este artículo no se pretende servir de referencia para tomar decisiones de inversión.
También te puede gustar
En tendencia
MásPrecios de las criptos
Más








